Normativa para exámenes superiores

Normativa para exámenes superiores

Solicitud de inscripción para exámenes BH y CA, IGP1, IGP2 , IGP3, CR1 y CR2

La solicitud de inscripción para rendir uno o varios exámenes deberá cumplir los siguientes requisitos:

Dicha solicitud debe ingresar a POA con una anticipación mínima de 10 (diez) días, sea en forma personal o mediante el envío de fax o e-mail, en todos los casos se considerarán los diez días contados a partir del momento en que los mismos ingresen a la Secretaría del Club.

Se solicita que quienes inscriban ejemplares o las Delegaciones, Agrupaciones o Clubes intervinientes hagan conocer a los Sres Socios los exámenes que se rendirán en cada ocasión a los efectos de que puedan ser observados por los aficionados que así lo deseen.

Deben figurar los datos genealógicos del o de los ejemplares que figuren en el pedigreé.( Nombre, tatuaje, criador, etc). Los datos del responsable, del guía, del Figurante y la terna de jueces solicitados ( Se deberá consensuar con el mismo previamente al pedido de examen)

El examen BH es obligatorio para todo ejemplar que pretenda rendir exámenes Superiores. El predio para rendir la sección “A “deberá cumplir con lo expresado respecto a los exámenes superiores en todo con excepción del tamaño del mismo, aceptándose que su superficie sea de 35 metros por 50 metros. La sección “B “se realizará en un espacio publico que cumpla la reglamentación al efecto. Ambos espacios se detallarán en la solicitud para rendir exámenes superiores se informará el lugar de rastreo, si corresponde; el horario de marcación y puesta y el o los marcador/es y ayudante si fuera reglamentario.

Se consignará geográficamente el predio de la secciones “B “y “C “el que debe tener una superficie plana mínima que garantice la colocación reglamentaria de seis biombos (aproximadamente 70 metros por 90 metros), y tendrá cobertura cespitosa básica o arenosa compactada. Contará con alambrado o pared perimetral que evite el tránsito de ocasionales asistentes o de otros perros, como así también evitar el abandono del campo por los ejemplares evaluados, por lo cual queda establecido que no se pueden usar plazas o parques de uso público. . Deberá contar con sanitarios instalados o baños químicos transitorios y prever, que ante una eventualidad, se contará rápidamente con una asistencia veterinaria y / o médica de urgencia.

El Director de Campo tiene la responsabilidad de garantizar el buen desarrollo de la prueba y estar a disposición del Juez durante la totalidad de la misma. No podrá presentar ningún ejemplar en la fecha en que se desempeñe en tal condición. Preparará los elementos necesarios, revólver, balas, banderas demarcatorias, biombos, y deberá asegurar que el traje y la manga de protección estén en correctas condiciones de uso. Al costado del campo deberá obrar una carpa, gazebo o similar con una mesa y sillas, un Botiquín con lo mínimo necesario para brindar un primer auxilio ante un eventual accidente . Será el encargado de la documentación , pedigrees, cartillas de vacunación y las planillas de calificación. Deberá asegurar la presencia de cuatro personas para cumplir el ejercicio «entre personas». Asistirá al Juez en la verificación del tatuaje o Chip correspondiente por lo cual se recomienda averiguar en el momento de la inscripción si el ejemplar está tatuado o tiene el chip incorporado a los efectos de solicitar a la institución el lector de chips.

El Juez está facultado para suspender o anular la prueba cuando el campo de rastros, el predio o el espacio público ( BH ), no reunan las condiciones adecuadas o bien cuando las condiciones climáticas y de seguridad y salud propias y de los participantes y de los perros estén en riesgo, asimismo cuando se considere que un ejemplar no está en condiciones óptimas para rendir el examen, podrá determinarse el retiro del binomio (perro- guía ), colocándose en la planilla correspondiente «Enfermedad o lesión como causa de abandono».

Si el examen solicitado es aprobado se habilita rendir el examen de Categoría siguiente durante el fin de semana posterior al examen aprobado, pero si se desaprobara deberá esperarse un mes para volver a solicitar dicho examen.

. Examen BH rendido y aprobado en día sábado habilita a rendir Examen Ex – CA o en caso de no querer rendirlo, IGP 1 el domingo.
. Examen Ex – CA aprobado habilita a rendir IGP 1 al siguiente fin de semana.
. Examen IGP 1 aprobado un fin de semana habilita a rendir IGP 2 al siguiente fin de semana.
. De igual manera se procederá en caso de Examen IGP 3, y en caso de examen CR 1 y Cr 2.

DIRECCIÓN DE ADIESTRAMIENTO